El Secretario se encarga de dirigir la oficina administrativa de la Asociación y desempeña las funciones de levantar acta de las reuniones de todos los órganos colegiados de la Asociación y llevar sus libros de actas; hacer advertencias de ilegalidad cuando lo estime necesario antes de adoptar cualquier acuerdo si lo estima contrario a los Estatutos, reglamento o disposiciones de general aplicación; llevar el Libro-Registro de asociados y autorizar su credencial o carné, expedir, con el visto bueno del Presidente, cualquier certificación relativa a la documentación obrante en la Asociación y ordenar y custodiar su archivo.